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Las KlimaSeniorinnen llevan el primer litigio climático al Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Foto: Shervine Nafissi.
Este 9 de abril fuimos sorprendidos con una decisión histórica en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo, el cual admitió una demanda contra el gobierno de Suiza, presentada por una organización de ciudadanas, las cuales aseguran que su vida está en riesgo, a consecuencia de la falta de acción de su gobierno. Este caso es uno de los nuevos litigios climáticos, procedimientos de reciente data que se enfocan en causas derivadas de la lucha contra el Cambio Climático y sus consecuencias.
Los litigios climáticos no son ninguna novedad para estas fechas, ya para 2007 tenemos el antecedente de un litigio climático en el caso Massachusetts contra la Agencia de Protección Ambiental, en el cual se exigía a la institución ambiental de los Estados Unidos regular las emisiones de CO2 en el estado de Massachusetts, Estados Unidos. Este mismo caso nos da luz sobre lo que son los litigios climáticos y por qué existen, un mecanismo que la población a implementado para exigirle a los Estados y empresas tomar medidas puntuales ante la inacción de estas instituciones frente a la amenaza del Cambio Climático.
Se considera que esta inacción, que los gobiernos asumen para proteger los intereses de grandes capitales y que las empresas procuran ignorar en favor de mantener un amplio margen de ganancias; es perjudicial tanto para la salud, como para los derechos fundamentales de las personas, de allí que sean instrumentos que han alcanzado notoriedad últimamente. De acuerdo a información del Programa para el Medio Ambiente de la ONU en julio de 2023, en cinco años los litigios climáticos se habían duplicado a nivel mundial. En el mismo se señala la responsabilidad de los estados y las empresas privadas en la falta de medidas para mitigar la crisis climática y reparar a los cada vez más numerosos afectados por los fenómenos meteorológicos derivados, cada vez más frecuentes.
La importancia de estos litigios son el precedente judicial que van formando, que sirven de herramientas para las comunidades, activistas y población en general para ampliar y exigir políticas, proyectos, programas y acciones que estén dirigidas a resolver, mitigar o prevenir problemas relacionados con el Cambio Climático; así como el propio fenómeno del calentamiento global. Sirven, de igual forma, para oponerse a proyectos y actividades impulsadas tanto por Estados como empresas o particulares, que incidan de forma negativa en la lucha para enfrentar la crisis climática o que pueda agravarla. Así, diversas poblaciones se han hecho de herramientas jurídicas de gran importancia para enfrentar a los intereses contrarios a la vida y las personas.
En el caso concreto de Venezuela no hemos encontrado registro público sobre litigios climáticos, aunque varias causas o demandas podrían enmarcarse dentro de esta categoría, aunque no estén directamente señalados en los documentos legales. Muchas de estas, lamentablemente, no concluyeron, fueron desestimadas o desde el propio Ministerio Público fueron ignoradas. Esto no es raro, conociendo el marco de clara debilitad institucional, falta de autonomía del poder judicial y el desconocimiento general de funcionarios de la administración pública y del mismo poder judicial sobre la legislación ambiental.
Internacionalmente se ha dado un inédito paso adelante en materia de luchas ambientales. Su bien la Constitución venezolana incluye el derecho al medio ambiente sano como un derecho humano en su artículo 127, y la ONU lo consagró en su Asamblea General de 2022; no existe precedente específico sobre el problema del Cambio Climático enmarcado dentro de estos derechos. Pero la decisión de este 9 de abril en el cual el tribunal de Estrasburgo falló en favor de ciudadanas suizas contra su gobierno, por inacción climática, tiene gran importancia al enmarcar dentro de los DDHH las causas vinculadas a la crisis climática. Ya anteriormente se había intentando en dos casos anteriores, que fueron desestimados, pero ahora, con una decisión casi unánime, el mismo entra dentro de las competencias de la corte.
Fue un grupo de mujeres quienes impulsaron la demanda, denominadas Ancianas Suizas para la Protección del Clima, argumentaron en su denuncia que su edad y género las hacían particularmente vulnerables a los efectos de las olas de calor relacionadas con el cambio climático. De acuerdo a las organizaciones vinculadas a las demandantes, el gobierno suizo no ha tomado medidas eficaces para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, ni cumplir con los objetivos relacionados con las mismas; ni sus obligaciones bajo la Convención Europea sobre el Cambio Climático.
El caso se fundamenta en la protección del derecho a la vida y el derecho al respeto de la vida privada; al individualizar los efectos del caso en las víctimas que presentan su demanda para exigir al Estado acciones que dentro de sus sistemas de justicia han considerado improcedentes. Esto abre una nueva puerta para demandas internacionales en Europa, pero también doctrina jurídica para orientar la interpretación de la aplicación de los Derechos Humanos a las luchas ambientales en el campo judicial en todo el mundo.
Ya el derecho ambiental es novedoso, pero el área específica referente a los derechos humanos vinculados al cambio climático son una novedad que apenas se está desarrollando. Existe un campo abierto bastante amplio para la investigación, el desarrollo doctrinario y la construcción de instrumentos legales y judiciales, ante las crecientes exigencias de la sociedad que se siente vulnerada. Se plantea construir herramientas para exigir a los Estados cumplir con sus deberes, pero también para poner coto a las ambiciones empresariales que no ven por el beneficio general de la especie humana, mucho menos por la conservación de la naturaleza, ni las consecuencias de su degradación.
Cada vez surgen más manifestaciones a favor del medio ambiente y su protección/Amnistía Internacional. Cambio 16
En Venezuela, el derecho ambiental ha contado y cuenta, aún, con importantes investigadores y académicos, pero con una débil actividad política y legal. De allí que estos antecedentes deben servir también como aliciente para iniciar esa lucha de conquista de espacios judiciales y sentencias que construyan un derecho ambiental mucho más robusto y eficaz para la defensa de la naturaleza, la vida y garantizar que los derechos de las personas no sean menoscabados por la crisis climática y ambiental.